miércoles, 29 de diciembre de 2010

Sindicato de Trabajadores Españoles "Para las mujeres que trabajan en Gibraltar"

Publicado en el periódico AREA del domingo 05 de marzo de 1961 en su página 3

SINDICATO DE TRABAJADORES ESPAÑOLES

Para las mujeres que trabajan en Gibraltar

Par resolución de la Dirección General de Previsión las sirvientas que trabajan en Glbraltar quedan Incorporadas al Montepío Nacional del Servicio Doméstico como beneficiarias del mismo.
Esta Incorporación se hará por intermedio de este Sindicato y por su conducto se llevarán a cabo todas las operaciones necesarias de afiliación, recaudación y formación de expedientes de beneficiarlas. Son beneficiarias todas las mujeres solteras, casadas y viudas, con las excepciones que se especifican en los Estatutos.
La cuota del Montepío sera de 40,00 pesetas mensuales, de las cuales abonará al Sindicato la cuota
obrera de 10,00 pesetas y las 30,00 pesetas restantes serán consideradas como cuota patronal. Las prestaciones que concede el Montepío con carácter personal e intransferible son:

ASISTENCIA SANITARIA asistencia medico quirúrrica con farmacia total en los casos de hospitalización, y media farmacia cuando se receten especialidades farmacéuticas. Se exige un plazo de cotización de seis meses.
DOTE POR MATRIMONIO O PROFESION RELIGIOSA Los beneficiarios tendrán derecho a una dote de 6.000,00 pesetas, 3.000,00 ó 1.500,00 pesetas según el tiempo de cotización. 

AYUDA FAMILIAR Una lndemnización mensual de 75,00 pesetas por cada hijo menor de 18 años, sean legítimos, naturales o adoptivos; o mayores de dicha edad que estén incapacitadas para el trabajo. Plazo de cotización, seis meses.

 AUXILIO POR DEFUNCION Una cantidad máxima de 3.000,00 pesetas que se abonará a la persona que se haga cargo del Sepelio del beneficiarlo. Plazo de cotización, seis meses. 

PREMIO DE CONSTANCIA Desde 1.000,00 a 6.000,00 pesetas según el tiempo de servicio prestado a una misma familia. 

PENSION DE VEJEZ A LOS 65 AÑOS Una pensión de 400,00 a 1.000,00 pesetas mensuales según el período de cotización. Esta pensión quedará mejorada en 100,00 pesetas mensuales cuando el beneficiarlo acredite haber prestado servicio en una sola familia.

 PENSION POR INVALIDEZ Con un periodo de cotización de seis Meses tendrá el beneficiarlo derecho a una pensión de 100,00 pesetas mensuales desde el momento en que se declare la Invalidez.

Todas las mujeres que prestan servicio en Gibraltar, deberán hacer su presentación en el Sindicato en sus oficinas de La Linca. Algeciras, y Los Barrios desde hoy hasta el 15 de marzo con objeto de formalizar el Expediente ha de traer consigo el Documento Nacional de Identidad: dos fotografías, el Libro de Familia y Carnet de la Mutualidad.


  Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista. 

La Línea de la Concepción. 20 de febrero de 1961.


EL JEFE DEL SINDICATO

     Luis Moreno Vilches


Publicado en el periódico AREA del domingo 05 de marzo de 1961 página 3

                                                                           Luis Javier Traverso
                                                                 http://lalineablancoynegro.ltduende.com/



Gracias a la Colaboración del Archivo Municipal

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